TEZEL IRIS MABEL JUANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que rechazó inconstitucionalidades y ordenó la actualización de haberes previsionales, manteniendo los parámetros de cálculo y diferimientos en el análisis de ciertos aspectos normativos ante la vigencia de nuevas leyes y decretos.
- Quién demanda: Iris Mabel Juana Tezel
- A quién se demanda: ANSES
- Qué se reclama: Reajuste de beneficios previsionales, actualización de haberes, inconstitucionalidad de normas y aplicación de índices de actualización.
- Qué se resolvió: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, ratificando los métodos de actualización considerados, la constitucionalidad de ciertas leyes y la inaplicabilidad de algunas normas en la etapa de ejecución.
Fundamentos:
La Sala se basó en precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en particular en los autos “Elliff” y “Blanco”, que avalan la utilización del índice de salarios básicos de convenio y la aplicación de los índices de la Ley 26.417 hasta la fecha de adquisición del derecho. Ratificó que la actualización de remuneraciones y haberes debe hacerse conforme a dichos parámetros, y que la adopción de nuevos esquemas de movilidad, como la Ley 27.609 y el DNU 274/2024, requiere diferimiento para su análisis en etapa de ejecución, por la potencial afectación de la seguridad jurídica y la necesidad de mayor claridad normativa. También rechazó los planteos de inconstitucionalidad relacionados con el art. 2 de la Ley 27.426 y el art. 26 de la Ley 24.241, en tanto no se acreditaron perjuicios concretos. Se resaltó que los agravios sobre el método de cálculo de aportes autónomos y los topes en las prestaciones no evidencian un perjuicio efectivo, sino conjetural. La decisión incluyó la confirmación del índice de actualización para la Prestación Básica Universal y la aplicación del precedente “Villanustre” en etapa de ejecución. Además, se señaló que las cuestiones relativas a la movilidad y reformas normativas deben analizarse en la fase de ejecución, en atención a la evolución normativa y la necesidad de evitar resoluciones fragmentadas.
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