Logo

REVALE DANIEL RICARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la constitucionalidad de varias disposiciones y la aplicación de la doctrina de la Corte Suprema en materia de actualización de beneficios previsionales, rechazando las quejas del organismo demandado y confirmando la sentencia de primera instancia en lo sustancial.

Recurso de apelacion Inconstitucionalidad Actualizacion Seguridad social Beneficios previsionales Doctrina csjn Calculo de haberes Pbu Topes Ley 24.241

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La parte actora demanda la actualización de su beneficio previsional, cuyo inicio fue el 29 de julio de 2013, y cuestiona diversas disposiciones legales y reglamentarias, así como el método de cálculo aplicado por la ANSeS.
- La Cámara analizó la metodología de cálculo del haber inicial, recordando que conforme al art. 24 de la Ley 24.241, cuando los servicios son autónomos, el haber será el 1,5% por cada año de aportes o fracción mayor a seis meses, hasta 35 años, sobre el promedio mensual actualizado de las categorías en las que revistió el afiliado.
- La Sala remarcó que la doctrina de la Corte Suprema, en autos “Makler, Simón”, establece que deben considerarse todos los años y categorías efectivamente aportadas, sin limitar el período, para reflejar adecuadamente el esfuerzo contributivo.
- En relación a la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), la Cámara sostiene que no surge que la CSJN hubiera limitado su actualización a la fecha de adquisición del beneficio, rechazando el agravio del organismo previsional.
- La Sala declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463, por considerar que el sistema de topes generó una merma confiscatoria en los beneficios del actor, en consonancia con la doctrina de la CSJN en Fallos 307:1985 y 312:194.
- Se rechazaron los agravios relativos a la metodología de actualización y al índice para la PBU, así como la aplicación de la doctrina “Villanustre” para la etapa de ejecución, por considerar que implicarían una violación del principio reformatio in peius.
- La mayoría de los jueces resolvieron confirmar la sentencia de primera instancia en sus aspectos sustanciales, con costas de alzada a la demandada vencida y regulación de honorarios del 30% a la letrada del actor.
- Los votos disidentes rechazaron las inconstitucionalidades y la metodología de cálculo, proponiendo revocar parcialmente la sentencia y diferir el tratamiento del precedente “Villanustre” para la etapa de ejecución.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar