CRUCEÑO EDGARDO HORACIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó parcialmente la sentencia que declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 en caso de quita superior al 15% en la liquidación de haberes previsionales, y revocó en parte las decisiones previas, manteniendo la mayoría de los puntos impugnados.
- Quien demanda: Edgardo Horacio Cruceño
- A quién se demanda: ANSES
- Qué se reclama: Reajuste de prestaciones previsionales, actualización de beneficios y declaración de inconstitucionalidad de ciertos artículos de leyes y resoluciones.
- Qué se resolvió: La Cámara confirmó la constitucionalidad del índice de actualización aplicado, declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 en caso de quita superior al 15%, y diferió el análisis de otros artículos para la etapa de ejecución. Además, rechazó la aplicación del precedente “Villanustre” para la liquidación, y ordenó costas a la demandada vencida.
Fundamentos:
El tribunal consideró que no surge que la Corte Suprema haya limitado la actualización de la Prestación Básica Universal a una fecha determinada, y que los agravios relacionados con la confiscatoriedad y los topes en los haberes previsionales deben evaluarse en la etapa de ejecución. Se ratificó que la tasa de interés será la tasa pasiva promedio mensual del Banco Central. La declaración de inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 se realiza cuando, en la liquidación, la quita supera el 15%, en línea con doctrina de la CSJN. La aplicación del precedente “Villanustre” se difiere para la etapa de ejecución, dada la naturaleza conjetural de la argumentación y la imposibilidad de verificar en ese momento si resulta aplicable. La sentencia también reafirmó que los organismos públicos deben abonar las diferencias en la movilidad si correspondiere, y que los agravios sobre la tasa de sustitución y otros temas se resolverán en la etapa de ejecución.
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