MERCADO, VICTOR HUGO c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Cámara Federal de Apelaciones confirma la declaración de inconstitucionalidad del artículo 79 inc. c) de la Ley de Impuesto a las Ganancias para un jubilado vulnerables y ordena el reintegro de las sumas retenidas más intereses, modificando la decisión de primera instancia en aspectos de costas y cálculo de intereses.
- Actor: Víctor Hugo Mercado
- Demandado: Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex AFIP)
- Objeto de la demanda: Declarar la inconstitucionalidad del art. 79 inc. c) de la Ley de Impuesto a las Ganancias, y obtener el cese y reintegro de las retenciones indebidas en sus haberes previsionales, más intereses.
- Decisión del tribunal: La Cámara confirmó la inconstitucionalidad del artículo impugnado, en línea con precedentes que consideran a los jubilados en situación de vulnerabilidad, y ordenó el reintegro de las sumas retenidas desde los cinco años anteriores a la demanda, más intereses calculados desde la interposición, en los términos de las resoluciones vigentes. La sala también distribuyó costas en el orden causado y desestimó los agravios de la demandada respecto a la vía procesal y otros aspectos, excepto en intereses y costas.
- Fundamentos principales:
"La situación de vulnerabilidad del actor se encuentra debidamente acreditada, dado que es un adulto mayor retirado, en situación de vulnerabilidad que la Constitución Nacional y la jurisprudencia protegen. La omisión de un tratamiento diferenciado para los beneficiarios en situación de mayor vulnerabilidad agravia la Constitución y la jurisprudencia del precedente 'García, María Isabel' (Fallos:342:411). La jurisprudencia reiterada ha confirmado la inconstitucionalidad de artículos similares en causas análogas, sosteniendo que la carga fiscal en estos casos resulta una injusta desventaja, en especial para los adultos mayores afectados por enfermedades o discapacidades."
"Las modificaciones introducidas por la ley 27.617 no alteran el criterio jurisprudencial, que se basa en criterios patrimoniales sin considerar la vulnerabilidad particular. La protección del colectivo vulnerable justifica la declaración de inconstitucionalidad."
"El alcance del reintegro comprende todas las retenciones no prescriptas, y los intereses se calculan desde la demanda, en línea con la normativa de la ley 11.683."
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