MARCONI, CARLOS ALFREDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia que había aceptado el reajuste del haber jubilatorio y rechazó los agravios de ANSES, ratificando además la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y la imposición de costas a la demandada vencida.
El actor, Carlos Alfredo Marconi, demandó a ANSES solicitando el reajuste de su haber jubilatorio, lo que fue desestimado por ANSES en sede administrativa. La demanda, presentada en el Juzgado Federal de San Luis, fue favorable al actor, y la sentencia de primera instancia ordenó el ajuste del haber inicial conforme a la doctrina del fallo “Elliff” y la Ley 26.417, y estableció que la omisión de incrementos en la PBU no afecta la constitucionalidad del sistema. La Cámara confirmó la decisión, señalando que la actualización de las remuneraciones debía hacerse según las leyes vigentes desde marzo de 2009, y que la Corte Suprema había diferido la consideración del daño por perjuicio económico. La sentencia también rechazó el alegato de arbitrariedad de ANSES, argumentando que la fundamentación jurídica era sólida y suficiente. Además, se ordenó la imposición de costas a la demandada vencida y la regulación de honorarios en un 30%. La resolución declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, reafirmando la plena vigencia del art. 36 de la ley 27.423.
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