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CAÑETE, ROBUSTIANO GUZMAN Y OTROS c/ EN-M SEGURIDAD-GN-DTO 679/97 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la inconstitucionalidad del Decreto 679/97 que modificaba el régimen de aportes del personal de la Gendarmería Nacional, y rechazó la apelación de la demandada, manteniendo la declaración de inconstitucionalidad por considerarla una modificación permanente que no respetó el proceso constitucional. La decisión se basó en que no se acreditó que el decreto respondiera a una necesidad de urgencia y excepcionalidad, y que la materia previsional requiere tutela constitucional especial.

Decreto 679/97 Inconstitucionalidad Aportes previsionales Materia previsional Control constitucional Modificacion permanente Recursos de la seguridad social Proceso judicial Camara federal Sentencia confirmada.


- Quién demanda: Robustiano Guzmán Cañete y otros
- A quién se demanda: Estado Nacional
- Ministerio del Interior (en la causa sobre inconstitucionalidad del decreto 679/97)
- Qué se reclama: Declaración de inconstitucionalidad del decreto 679/97, cese de descuentos de aportes previsionales y reintegro de lo descontado con intereses
- Qué se resolvió: La Cámara confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y declaró la inconstitucionalidad del decreto, en base a que no cumplió con los recaudos constitucionales necesarios y que su dictado no respondió a una situación de urgencia excepcional, sino que fue una modificación permanente sin el proceso constitucional correspondiente. Fundamentos: "los fundamentos dados por el Poder Ejecutivo Nacional no alcanzan para poner en evidencia que el dictado del decreto en cuestión haya obedecido a la necesidad de adoptar medidas inmediatas para paliar una situación de rigurosa excepcionalidad y urgencia que pusiera en riesgo el normal funcionamiento del sistema previsional de la Gendarmería Nacional sino que, por el contrario, traducen la decisión de modificarlo de manera permanente, sin recorrer el cauce ordinario que la Constitución prevé (erg. Fallos: 322:1726). En tales condiciones, corresponde declarar la inconstitucionalidad del decreto 679/97”. "la naturaleza previsional de la materia en cuestión y la necesidad concreta de dar satisfacción urgente al pago de los beneficios” justifican la declaración de inconstitucionalidad.

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