TELPUK FERNANDO c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL Y OTROS s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda de incorporación de suplementos y compensaciones en el haber mensual de los actores, argumentando que dichos ítems tienen carácter remunerativo y bonificable, en línea con precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Quién demanda: Fernando Telpuk A quién se demanda: Caja de Retiro y Pensiones de la Policía Federal y otros Qué se reclama: Incorporación al haber mensual de suplementos por “Actividad Riesgosa”, “Exigencia del Servicio de Seguridad Aeroportuaria” y compensaciones por “Vestimenta”, “Racionamiento”, “Vivienda” y “Zona”, todos con carácter remunerativo y bonificable. Qué se resolvió: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, señalando que los argumentos del recurrente son sustancialmente análogos a precedentes de la Corte Suprema, específicamente el precedente “Martínez, José Domingo y otros c/ EN M° Seguridad – PSA s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.”, que estableció la naturaleza y alcance de estos ítems. Además, se sostuvo que la parte demandada no logró demostrar la prescripción del reclamo, y se desestimaron las quejas respecto a la aplicación del art. 68 de la ley 11.672 y el orden de costas. La decisión final fue confirmar la sentencia, con costas a la demandada en la alzada. Fundamentos principales de la decisión: "Los argumentos referidos a su reconocimiento resultan sustancialmente análogos a lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación –relativos a normas de idéntico contenido–, en el precedente ‘Martínez, José Domingo y otros c/ EN M° Seguridad – PSA s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.’ (CAF 48697/2017/CA1-CS1) de fecha 24 de septiembre de 2024, en los que el Máximo Tribunal de la Nación estableció la naturaleza y alcance de dichos ítems, y a cuyos fundamentos y consideraciones cabe remitir por razón de brevedad." "Por consiguiente, habiendo sido reconocido el carácter remunerativo y bonificable, corresponde confirmar la sentencia recurrida."
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