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BORINELLI CARLOS ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que ordenó la actualización del haber inicial y declaró la inconstitucionalidad de la metodología de actualización de la Ley 27.609, además de revocar parcialmente la decisión de primera instancia con respecto a ciertos aspectos relacionados con la computación de aportes y la aplicación de precedentes judiciales.

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La parte actora demanda la actualización del haber inicial, la exclusión de períodos de monotributo “W” en el cómputo de rentas autónomas, y cuestiona la metodología de actualización y el alcance de los beneficios previsionales. La Cámara confirmó la sentencia que ordenó la actualización conforme a los índices del Alto Tribunal, declaró la inconstitucionalidad del art. 4 de la Ley 27.609 y diferirá el análisis del precedente “Villanustre” para la etapa de ejecución. La Cámara también revocó la metodología de cálculo de rentas autónomas basada en los años y categorías aportadas, aplicando la doctrina “Makler”, y rechazó otros agravios relacionados con la actualización del haber y la aplicación de precedentes. Fundamentos principales:
- La fecha de adquisición del beneficio es el 06.10.2022, conforme a la Ley 24.241 y 27.609.
- La parte actora solicitó la actualización del haber y la exclusión de períodos “sin aporte” (monotributo W). La Cámara sostuvo que los períodos en los que no se efectuaron aportes no deben computarse para el cálculo del promedio de rentas autónomas, en virtud del art. 24 inciso b) de la Ley 24.241, y la jurisprudencia “Usseglio”.
- La actualización de remuneraciones se revocó por inconstitucionalidad del art. 4 de la Ley 27.609, aplicando el índice ISBIC en línea con la jurisprudencia “Elliff” y “Blanco”.
- La aplicación del precedente “Badaro” para la PBU fue confirmada, y la cuestión del precedente “Villanustre” quedó diferida para la etapa de ejecución.
- Se confirmó la imposición de costas a la demandada vencida y se regularon honorarios.
- La metodología de cálculo de aportes autónomos se revocó en parte, aplicando la doctrina “Makler” y evitando aplicar límites al número de años a computar, en línea con la jurisprudencia de la Corte Suprema.
- La tasa de interés será la pasiva promedio mensual del Banco Central desde que cada suma fue debida.
- Se ordenó devolver las actuaciones al juzgado de origen para la ejecución.
- La sentencia fue firmada el 20/08/2025.

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