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RAMIREZ, FELISA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de Salta confirmó la sentencia que rechazó los agravios sobre el cálculo del haber jubilatorio y los aspectos relacionados con la movilidad, estableciendo que las cuestiones planteadas se encuentran resueltas en precedentes y remitiendo a ellos. Además, revocó el planteo sobre la tasa de sustitución y confirmó la imposición de costas.

Recurso de apelacion Jubilacion Movilidad Ley 27.609 Recalculo del haber Costas Ley 24.241 Ley 26.417 Ley 27.426 Jurisprudencia.


- La actora, Felisa Ramírez, demanda en relación a su jubilación y la movilidad del haber.
- La ANSeS es la parte demandada.
- Se reclama la correcta aplicación del cálculo del haber inicial, la movilidad prevista en la ley 27.609, y otros aspectos relacionados con la actualización del haber y la ley 24.241.
- La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto a la imposición de costas, la desestimación de los agravios sobre el recálculo del haber, la aplicación de los índices en las leyes 26.417 y 27.426, y los topes en los arts. 24 y 26 de la ley 24.241, además del diferimiento en la etapa de ejecución para el análisis del impacto de la movilidad y la ley 27.609.
- Se revocó el planteo de la demandada respecto a la tasa de sustitución, en línea con la jurisprudencia de la Corte Suprema, y se confirmó el rechazo del planteo sobre el tope de la ley 24.241 por falta de prueba concluyente.
- Se aclaró que la ley 6/09 no es aplicable a la actora por haber accedido a la jubilación en 2007.
- Se estableció que las costas serán a cargo de la parte perdidosa en ambas instancias.
- La resolución se basa en antecedentes jurisprudenciales de esta Sala y de la Corte Suprema, y en fallos previos sobre la materia.

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