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PADILLA, MARIA EVANGELINA c/ AMUR s/AMPARO LEY 16.986

La Cámara Federal de Paraná confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó a AMUR la reincorporación inmediata y efectiva de María Evangelina Padilla como afiliada, resolviendo que la rescisión del contrato por parte de la demandada fue manifiestamente arbitraria e ilegítima, y rechazando la alegación de mala fe por parte de la actora.

Recurso de apelacion Buena fe Amparo Sentencia confirmada Ley 16.986 Amur Falsedad declaracion jurada Contrato de salud Rescision arbitraria Salud preexistente


- Quién demanda: María Evangelina Padilla

¿A quién se demanda?

Asociación Mutual Ruralista (AMUR)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reincorporación efectiva e inmediata en el Plan P40 y alta en el padrón de beneficiarios tras la baja injustificada por parte de AMUR.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de grado, rechazando los agravios de AMUR y considerando que la rescisión del contrato fue arbitraria e ilegítima. La sentencia sostuvo que la actora actuó de buena fe, sin conocimiento de antecedentes médicos relevantes, y que no se acreditó mala fe en la declaración jurada. La decisión fue fundamentada en que la demandada no acreditó la falsedad en la declaración jurada ni la mala fe de la actora, y que la rescisión sin fundamentos razonables fue arbitraria. La Cámara también condenó en costas a la demandada y regularizó honorarios.

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