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VIGNETTA, RICARDO NATALIO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Cámara Federal de Córdoba confirmó en parte la sentencia que ordenó recalcular el haber previsional, aplicando la Ley 26.417 para la movilidad de marzo de 2018 y la Ley 27.541 para el período en cuestión, y modificó el cálculo de la PBU. La decisión también incluyó la imposición de costas en primera y segunda instancia, considerando el resultado favorable para la parte actora.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, Ricardo Natalio Vignetta, demanda a la ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional, presentado inicialmente con fecha 3 de enero de 2013, y reclamando la aplicación de ciertos precedentes jurisprudenciales y leyes de movilidad. La sentencia de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenando recalcular la prestación y aplicando la Ley 26.417 y la Ley 27.541, además de imponer costas a la demandada. La Cámara Federal de Córdoba confirmó la decisión, reafirmando la aplicabilidad del precedente “Elliff”, la constitucionalidad de la Ley 27.541, y estableció que la movilidad de marzo de 2018 se calcule según la Ley 26.417. La Cámara también consideró que los precedentes “Volonté” y “Makler” son aplicables para el cálculo de aportes autónomos, y dispuso que las costas se distribuyan en el orden causado, ajustando además los honorarios de la parte actora en un 35%. La decisión se fundamenta en la jurisprudencia consolidada, interpretando la normativa vigente y los precedentes constitucionales y judiciales relevantes.

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