MACIAS RICARDO CESAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de Córdoba desestima in limine el recurso extraordinario interpuesto por la demandada contra la sentencia de fecha 9/6/2025, argumentando que no concurren las circunstancias que hacen procedente la causal de arbitrariedad ni la gravedad institucional alegadas por la parte recurrente. La decisión se fundamenta en que la doctrina del Tribunal Supremo de Justicia de la Nación limita la procedencia del recurso extraordinario a supuestos de violaciones constitucionales graves y que la cuestión planteada no afecta intereses generales ni compromete la institucionalidad del sistema jurídico.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Ricardo César Macias, presentó demanda contra la ANSES solicitando ajustes relacionados con beneficios previsionales. La Cámara Federal de Córdoba analizó el recurso extraordinario interpuesto por la demandada, ANSES, en contra de la sentencia del 9/6/2025. La demandada argumentó que existía cuestión federal, invocando arbitrariedad y gravedad institucional, por la aplicación del fallo “Elliff” para el recalculo del haber inicial. La Cámara recordó que los pronunciamientos análogos del Tribunal Supremo han desestimado sistemáticamente recursos similares, citando fallos como 328:1602, 2833, 329:3089, 330:4866, 332:1914 y otros, en los cuales se concluyó que la doctrina de la arbitrariedad es de aplicación restringida y no cubre meras disconformidades. Además, se resaltó que la gravedad institucional requiere que la cuestión exceda el interés particular y afecte intereses de toda la comunidad, lo cual no ocurrió en este caso. La Cámara concluyó que no concurren las circunstancias que hacen procedente la causal de arbitrariedad ni la gravedad institucional; por ello, rechazó in limine el recurso extraordinario.
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