Incidente Nº 3 - IMPUTADO: VILURON, ALBERTO EULOGIO s/INCIDENTE DE SALIDAS TRANSITORIAS
La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional anuló la decisión que rechazó las salidas transitorias a Viluron y ordenó la emisión de una nueva resolución ajustada a los lineamientos del fallo, considerando que la resolución anterior fue arbitraria por falta de análisis integral y fundamentación adecuada.
Actor: La defensa de Alberto Eulogio Viluron Demandado: La resolución del Juzgado Nacional de Ejecución Penal n° 1 Objeto: La declaración de arbitrariedad y nulidad de la resolución que rechazó las salidas transitorias, solicitando su revisión y dictado de una nueva resolución Decisión: La Sala 3 de la Cámara de Casación hizo lugar al recurso de casación, anuló la resolución impugnada y ordenó al Juzgado de Ejecución que dicte una nueva decisión ajustada a los lineamientos expuestos en la sentencia, en particular, que brinde un análisis integral y fundamentado respecto a la situación del condenado
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La decisión recurrida fue considerada arbitraria por fundamentarse en afirmaciones genéricas y remisiones insuficientes, sin un análisis profundo de las constancias del proceso y sin relacionar adecuadamente la información existente. Se sostuvo que “la valoración efectuada resulta genérica y carece de una adecuada e integral ponderación de la totalidad de la información disponible”. Se citó precedentes de esta Sala que reiteran que ante informes favorables del Consejo Correccional, el juez de ejecución sólo debe apartarse de la valoración técnica cuando advierta contradicciones internas o apartamientos del sentido común, lo cual no ocurrió en este caso. La resolución anterior no explicó suficientemente las falencias señaladas en los informes, ni realizó un análisis autónomo de la situación del condenado, vulnerando principios de legalidad y debido proceso. La Cámara resaltó que la evaluación del informe y antecedentes del interno requiere un análisis exhaustivo y fundamentado, que en este caso fue omitido, constituyendo así un acto arbitrario que debe ser revocado.
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