Incidente Nº 19 - IMPUTADO: ULLON , ELVIO ANTONIO s/INCIDENTE DE EXCARCELACION
La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional anuló la resolución que rechazó la libertad asistida a Ullón y ordenó remitir el caso a la instancia de origen para que emita un nuevo pronunciamiento ajustado a derecho. La decisión se fundamenta en la interpretación errónea del artículo 54 de la ley 24.660, al considerar que la situación de procesado impide aplicar el instituto, cuando la normativa y los precedentes permiten su aplicación en estas circunstancias si los requisitos son favorables y útiles para la persona.
¿Quién es el actor?
Elvio Antonio Ullón Caballero (procesado).
¿A quién se demanda?
Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional n° 13 y, en última instancia, la Cámara de Casación.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La autorización de libertad asistida y la reconsideración del rechazo a la excarcelación.
¿Qué se resolvió?
La Cámara anuló la resolución que negó la libertad asistida y ordenó remitir el caso al tribunal de origen para dictar un nuevo pronunciamiento ajustado a derecho.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El fallo recurrido consideró que, por la calidad de procesado de Ullón, no era procedente aplicar el instituto de libertad anticipada, dado que no se contaba con un informe criminológico favorable. Sin embargo, la normativa y los precedentes indican que la aplicación del art. 54 de la ley 24.660 a personas en situación procesal, sin condena firme, debe hacerse en función de que las circunstancias sean favorables y útiles para la persona, sin exigir un informe técnico positivo que en su caso, por su condición de procesado, no puede existir. La interpretación del tribunal fue errónea, ya que la regla del art. 11 del mismo cuerpo normativo permite aplicar las disposiciones en estos casos si resultan favorables, sin exigir la condición de condenado."
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