RAMIREZ RAMONA GLORIA c/ ANSES s/PRESTACIONES VARIAS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que ordenaba a la ANSES abonar la diferencia entre el haber previsional percibido y el haber mínimo garantizado, en un caso donde la actora, beneficiaria del sistema de capitalización, fue excluida de dicha garantía. La decisión se fundamentó en que la exclusión viola derechos constitucionales y tratados internacionales, y que la ley 26.425 garantiza prestaciones iguales o mejores, incluyendo el haber mínimo, a quienes no tengan componente público.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, beneficiaria del sistema de capitalización, demanda a la ANSES por la diferencia entre su haber previsional y el haber mínimo garantizado, incluyendo diferencias retroactivas e intereses.
- La demandada cuestiona la actualización al haber mínimo, argumentando que el beneficio fue otorgado bajo la modalidad de Renta Vitalicia Previsional y que la ley 24.241 y su reglamentación excluyen de esa garantía a beneficiarios del sistema de capitalización nacidos después de 1963 (varones) y 1968 (mujeres).
- La sentencia analiza la constitucionalidad y el carácter progresivo de los derechos a la seguridad social, señalando que la exclusión de la actora vulnera los arts. 16 y 14 bis de la Constitución Nacional, así como los tratados internacionales de derechos humanos, en especial en el contexto de la ley 26.425 que garantizó prestaciones iguales o mejores.
- Se cita la jurisprudencia de la Corte Suprema en casos similares, confirmando que la ley y la normativa vigente deben garantizar el acceso a un haber mínimo garantizado, aun en sistemas de capitalización.
- La Cámara confirma la sentencia de primera instancia y la orden de pago a favor de la actora, rechazando los argumentos de la demandada respecto al plazo y las costas.
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