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ZABALA, MANUEL ALEJANDRO c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la denegatoria del beneficio de retiro por invalidez solicitado por el actor, sosteniendo que no se acreditó la incapacidad con jerarquía invalidante exigida por la Ley 24.241, tras análisis del informe médico y la jurisprudencia aplicable.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, MANUEL ALEJANDRO ZABALA, solicitó el beneficio de retiro por invalidez. La Comisión Médica Central determinó que presentaba un porcentaje de incapacidad del 49,93%, inferior al umbral del 50% exigido por la Ley 24.241. La Cámara revisó el informe pericial del Cuerpo Médico Forense, que valoró que el peticionante presenta cardiopatía con HTA estadio II, DBT tipo II estadio II y limitación funcional del hombro izquierdo, que en conjunto generan esa incapacidad. La sentencia fundamenta que el informe médico cumple con los requisitos de ser fundado, seriedad y objetividad científica, y que el informe constituye asesoramiento técnico de personas especializadas cuya imparcialidad está asegurada, citando Fallos CSJN 299:265 y Fallos 340:2021. La jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia reafirma que no se acreditan los requisitos para otorgar la jubilación por invalidez, por lo que se confirma la resolución de instancia inferior. La decisión también recuerda que las costas se imponen en el orden causado.

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