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NAVARRO, PAULA SOLEDAD c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca el dictamen de la Comisión Médica Central y declara la incapacidad laboral de la actora, Paula Soledad Navarro, por epilepsia, otorgándole la jubilación por invalidez; confirma la evaluación médica y la procedencia del beneficio.

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- Quién demanda: Paula Soledad Navarro

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de apelación contra la denegatoria del beneficio de retiro por invalidez (artículo 49, punto 4, Ley 24.241)

¿Qué se resolvió?

La Cámara revoca el fallo de la Comisión Médica Central, declara la incapacidad en términos del artículo 48 de la Ley 24.241 y ordena el otorgamiento de la jubilación por invalidez.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El dictamen en cuestión reúne, los recaudos necesarios de una correcta peritación médica, enuncia claramente los hechos, es fundado, determina con certeza el estado de salud, valora las constancias médicas obrantes en autos y funda la opinión técnica a que llega con seriedad y objetividad científica (art. 477 CPCCN)." "Los profesionales consultados informan que la titular padece de Epilepsia que le ocasiona un porcentaje de incapacidad que se corresponde con el 70% de la total obrera." "Conforme a lo señalado, se encuentran acreditados los recaudos exigidos por el art. 48 de la Ley 24.241 para otorgar la jubilación por invalidez solicitada." "Por lo expuesto, el Tribunal RESUELVE: ... 2º) Declarar que la peticionante se encuentra incapacitada en los términos del art. 48 de la Ley 24.241."

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