RAMIREZ, JULIAN UBALDO c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la denegatoria del beneficio de retiro por invalidez por no acreditar los requisitos exigidos por la Ley 24.241, basándose en el informe del Cuerpo Médico Forense que determinó un porcentaje de incapacidad inferior al 50% requerido. La sentencia sostiene que los dictámenes en cuestión reúnen, los recaudos necesarios de una correcta peritación médica, enuncian claramente los hechos, están fundados, determinan con certeza el estado de salud, valoran las constancias médicas obrantes en autos y fundan la opinión técnica a que llega con seriedad y objetividad científica y que no se encuentran acreditados los recaudos exigidos por el art. 48 de la Ley 24.241 para otorgar la jubilación por invalidez solicitada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Julian Ubaldo Ramirez, interpuso recurso de apelación contra la resolución que denegó su solicitud de retiro por invalidez, argumentando que su incapacidad debía ser reconocida. La Cámara revisó el informe del Cuerpo Médico Forense, que concluyó que el porcentaje de incapacidad laboral era del 50,09%, pero que la incapacidad con jerarquía invalidante no estaba acreditada. El tribunal remarcó que los informes médicos, que fueron ratificados, cumplen con los requisitos de una correcta peritación, y que "los integrantes del Cuerpo Médico Forense son auxiliares de la justicia y el informe que producen constituye el asesoramiento técnico de personas especializadas cuya imparcialidad y corrección están aseguradas". Además, citó el fallo de la CSJN en "Fallos 299:265" y el precedente “Sosa Raúl c/ANSeS”, que llevan a concluir que no se acreditaron los requisitos del art. 48 de la Ley 24.241 para otorgar la jubilación por invalidez. La Cámara, en consecuencia, confirmó la resolución recurrida, declarando que la incapacidad no alcanza la jerarquía invalidante requerida.
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