Logo

ALVAREZ, GRACIELA EDITH c/ UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES s/EMPLEO PUBLICO

La Cámara de Apelaciones revoca el apercibimiento de sanciones conminatorias dispuesto en primera instancia, al reconocer la imposibilidad material de la demandada de presentar toda la documentación solicitada, y ordena que la falta de prueba sea valorada conforme al artículo 388 del CPCCN.

Recurso de apelacion Prueba Documentacion Sanciones Sistema informatico Derechos laborales Camara de apelaciones. Prueba probatoria Imposibilidad material Articulo 388 cpccn


- Quién demanda: Universidad de Buenos Aires (UBA)

¿A quién se demanda?

Poder Judicial de la Nación (a través de la Cámara Contencioso Administrativo Federal)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La imposición de un apercibimiento conminatorio por incumplimiento en la entrega de documentación solicitada en el proceso laboral de la actora, Graciela Edith Alvarez.

¿Qué se resolvió?

La Cámara de apelación hizo lugar al recurso de la demandada y revocó la sanción por incumplimiento, considerando que la imposibilidad material de acceder a toda la documentación, por hallarse en sistemas informáticos dados de baja, configura una causa de eximente prevista en el artículo 388 del CPCCN. La decisión se fundamenta en que ambas partes coincidieron en la imposibilidad de cumplir con la intimación, y que dicha circunstancia debe valorarse en el momento procesal oportuno.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En este contexto, acreditada la imposibilidad material de incorporar parte de la prueba requerida y siendo coincidente la postura de ambas partes en cuanto a que, frente a la imposibilidad de cumplir con la intimación dispuesta por la magistrada de grado, resulta aplicable el artículo 388 del CPCCN; corresponde dejar sin efecto el apercibimiento contenido en la providencia apelada y disponer que la eventual falta de acreditación de dicha prueba sea valorada conforme al citado precepto, en el momento procesal oportuno." Asimismo, se destaca que "la imposibilidad material de incorporar parte de la prueba, acreditada en autos, justifica la revocación del apercibimiento, en consonancia con la normativa procesal vigente."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar