ENRE RESOL 351/11 c/ EDESUR SA s/PROCESO DE EJECUCION
La Cámara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV estableció la suma de honorarios a los doctores Sosa y García Cuerva en $74.376, equivalentes a 1 U.M.A., tras evaluar la naturaleza, resultado y trascendencia económica del proceso, y aclaró que no incluyen IVA, el cual debe adicionarse según la situación de los profesionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara resolvió elevar a $74.376 los honorarios regulados a los doctores Enrique Mario Sosa y Mariano Ignacio García Cuerva, que ejercieron la representación legal de la parte actora, en atención a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y la trascendencia económica de la cuestión en debate. La decisión se fundamenta en que, tras evaluar la liquidación aprobada y las labores desarrolladas durante la etapa de ejecución de intereses de honorarios, corresponde ajustar el monto en función del valor y la calidad jurídica del trabajo realizado, conforme a los arts. 16, 19, 21, 29, incs. f, g, 34, 51 y ccdtes. de la ley 27.423 y resolución SGA 1687/25. Se especifica que los honorarios no incluyen IVA, monto que debe adicionarse conforme a la situación de los profesionales frente a dicho tributo. La resolución fue firmada por los jueces de cámara Duffy, Morán y Vincenti. La decisión no modifica ni confirma expresamente una sentencia previa, sino que regula los honorarios en un proceso de ejecución.
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