LOPEZ BLANCO, DIEGO MARTIN c/ EN-ARCA-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo Federal revocó la sentencia de primera instancia y declaró la competencia del fuero para entender en la causa, fundamentando que el domicilio fiscal del actor está en esta ciudad y que la normativa cuestionada impugna la constitucionalidad de las normas, además de solicitar la devolución de sumas retenidas.
Quién demanda: Diego Martín López Blanco
¿A quién se demanda?
En-ARCA-LEY 20628
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de la constitucionalidad de las normas cuestionadas y devolución de las sumas retenidas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar al recurso de apelación, revocó la sentencia de primera instancia, y declaró la competencia del fuero para intervenir en la causa, considerando que el actor tiene su domicilio fiscal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que la normativa impugnada se refiere a cuestiones constitucionales.
Fundamentos principales de la decisión:
“El remedio debe prosperar, por aplicación de lo resuelto por el Tribunal en los precedentes CAF 56.414/2012/CA1 ‘Greig, Jorge Roberto c/ EN-AFIP s/ DGI’, resol. del 3/9/19 y CSS 62677/2019 ‘Sammartino, Roberto Edmundo c/ ANSES y otro s/ proceso de conocimiento’, sent. del 22.12.2020, coincidente —en lo que interesa— con la posición que el Ministerio Público Fiscal hizo propia en los dictámenes para las causas 18059/2020, ‘Bonanno, María del Carmen y otros c/ EN – AFIP s/ proceso de conocimiento’, del 2.6.2021, y 2754/2021 ‘Silva, Estela Mabel c/ EN
- AFIP s/ proceso de conocimiento’, del 22.6.2021. En efecto, en autos, además de impugnar la constitucionalidad de las normas cuestionadas se procura la devolución de las sumas retenidas y toda vez que el actor tiene su domicilio fiscal en esta ciudad (v. constancia de inscripción en la AFIP incorporada a la causa el 12.6.25), corresponde hacer lugar al recurso y declarar la competencia de este fuero para entender en la presente causa.”
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