CARLASARA, EDUARDO MANUEL c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
La Cámara Federal de Córdoba confirmó la sentencia que ordenó a la ANSeS reajustar el haber previsional del causante según las pautas del precedente “Elliff”, rechazando los argumentos del recurso de la demandada y manteniendo la imposición de costas a la parte demandada por el resultado adverso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, fallecido, era titular de un retiro por invalidez desde 2003 bajo la ley N° 24.241 y solicitó su reajuste, que fue desestimado por la ANSeS. La parte demandada apeló cuestionando la aplicación del índice I.S.B.I.C. en lugar del R.I.P.T.E. según la doctrina “Elliff”. La Cámara recordó que la cuestión ya fue analizada en otras causas similares, confirmando la aplicación del precedente “Elliff” para actualización de haberes en beneficios de invalidez y jubilaciones ordinarias. La Cámara concluyó que, conforme a la jurisprudencia consolidada y la fecha de adquisición del derecho, corresponde mantener la actualización con el índice I.S.B.I.C. La queja respecto del precedente “Villanustre” fue considerada improcedente, y se confirmó la imposición de costas a la demandada por el resultado adverso, en el marco del régimen legal vigente tras la declaración de inconstitucionalidad del artículo 21 de la ley 24.463.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: