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LOPEZ, WALTER MARCELO c/ COTO C.I.C. S.A. Y OTRO s/DESPIDO

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la decisión de primera instancia, rechazando la extensión de responsabilidad solidaria a COTO C.I.C. S.A. y manteniendo la condena en costas y honorarios, fundamentándose en la no relación de COTO con la actividad constructora y en la doctrina plenaria aplicable.

Costas Recurso de apelacion Honorarios Responsabilidad solidaria Actividad comercial Sentencia confirmada Camara nacional de apelaciones del trabajo Ley 22.250 Doctrina plenaria. Actividad constructora


¿Quién es el actor?

Walter Marcelo Lopez

¿A quién se demanda?

Coto C.I.C. S.A. y ISEMEC S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo de créditos laborales y extensión de responsabilidad solidaria.
- Decisión del tribunal: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la extensión de responsabilidad solidaria a Coto C.I.C. S.A., argumentando que la misma no se desempeñaba como constructora de obra sino en actividades comerciales, por lo que no rige la responsabilidad solidaria del artículo 32 de la Ley 22.250. También se confirmaron las costas y honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia de primera instancia aplicó correctamente el régimen de la Ley 22.250, y la actividad de COTO no encuadra en la actividad constructora ni en el ámbito del artículo 32 de dicha ley. Se citó doctrina plenaria (Plenario Nro. 261 "Loza, José R. y otro v. Villalba, Francisco y otro") que excluye la responsabilidad solidaria a quienes no sean constructores de obra. La modificación introducida por la Ley 25.013 no afecta esa doctrina, por ser una normativa anterior.

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