EICHHORST MARIANA ARACELI c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de grado que hizo lugar a la demanda y ordenó a la ANSES pagar diferencias en beneficios previsionales, aplicando la pauta de movilidad establecida en el precedente Badaro desde la adquisición del derecho hasta el 31/12/2006, y reguló costas y honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Mariana Eichhorst, promovió amparo contra la ANSES solicitando la diferencia en beneficios previsionales por la aplicación de pautas de movilidad.
- La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda y ordenó el pago de diferencias.
- La demandada interpuso recurso de apelación por considerarlo inadmisible por caducidad (Ley 16.986), por la inaplicabilidad de la pauta de movilidad a beneficios en renta vitalicia previsional y por otros aspectos procesales.
- La Cámara, citando precedentes del Alto Tribunal y criterios jurisprudenciales, sostuvo que el plazo de caducidad no es un obstáculo insalvable cuando se enjuicia una ilegalidad o arbitrariedad periódica o continuada.
- En cuanto al fondo, la Cámara consideró que las cuotas de renta vitalicia no tienen movilidad y que debe aplicarse la pauta del precedente "Badaro" desde la adquisición del derecho y hasta el 31/12/2006, en tanto el incremento por excedente de rentabilidad sea inferior a la variación anual del índice de salarios.
- También se resolvió que, en el período posterior, rigen las normas de la ley 26.417 y resoluciones de la ANSES, y que debe verificarse la diferencia entre lo percibido y lo que correspondería bajo las pautas de movilidad.
- La Cámara confirmó la sentencia en lo principal, revocando parcialmente la regulación de honorarios y ordenando su liquidación posterior.
- Se impusieron costas a la demandada vencida y se regularon honorarios en un 30% de la suma correspondiente, con IVA si corresponde.
- La resolución fue firmada por los jueces Carnota, Dorado y Alfarenque, y ordenó devolver las actuaciones al juzgado de origen.
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