COSENTINO VANESA RAQUEL c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que hizo lugar a la amparo y ordenó el pago de diferencias previsionales a la actora, rechazando los agravios de la demandada y sosteniendo la constitucionalidad del derecho a una jubilación digna y el cumplimiento del mínimo garantizado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Vanesa Raquel Cosentino, demanda a la ANSES solicitando la actualización de su renta vitalicia previsional por sobre el haber mínimo garantizado, incluyendo diferencias retroactivas y sus intereses.
- La demandada, ANSES, cuestiona la acción por vencimiento del plazo, la actualización del beneficio, y otros aspectos procesales y de fondo.
- El tribunal señala que el plazo para iniciar la acción no está vencido si la conducta lesiva se prolonga en el tiempo, y que la ley 26.425 y la unificación del sistema previsional justifican la actualización del haber mínimo incluso sin componente público.
- La sentencia enfatiza que la obligación del Estado de garantizar un ingreso mínimo a los beneficiarios del sistema previsional es constitucional y no puede discriminar entre quienes estaban en el régimen de reparto y los nuevos beneficiarios.
- Se ratifica que la normativa que permite la actualización del monto del haber mínimo, aun sin componente público, es válida y no vulnera la igualdad.
- Además, se rechazan los agravios sobre la obligación de financiamiento y el complemento de zona austral, y se confirma el cumplimiento de los plazos y costas.
- La decisión confiere plena validez a los argumentos constitucionales y legales en favor del derecho de la actora a una jubilación digna y el reconocimiento del haber mínimo garantizado.
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