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FRANCO LUGO AURELIA c/ ANSES s/PENSIONES

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la decisión que reconoce la pensión a un causante con aportes irregulares, revocando parcialmente la sentencia de grado y estableciendo que el organismo previsional debe otorgar el beneficio en 30 días, considerando la solidaridad del sistema previsional y la protección de derechos alimentarios.

Recurso de apelacion Anses Pensiones Beneficio previsional Derecho alimentario Aportes irregulares Proteccion previsional Solidaridad social Ley 24.463 Plazo 30 dias

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora demandó a la ANSES para obtener la pensión del causante, quien fue declarado aportante irregular pero con solidaridad con el sistema previsional. La sentencia de primera instancia ordenó que en 30 días se otorgue la pensión, y el tribunal de alzada confirmó esta decisión, considerando que la regularidad de los aportes del causante y la protección del carácter alimentario del beneficio justifican la medida. La Cámara también revocó la regulación de honorarios y la aplicación del plazo del art. 22 de la ley 24.463, confirmando que el organismo debe cumplir en el plazo establecido.

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