.................... S/ACCION DE REVISION
La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires rechazó la acción de revisión interpuesta por el defensor particular de los condenados Edelio Sanabria Ojeda y Francisco Díaz Lezcano. La decisión se basa en que la vía de la revisión no resulta procedente para cuestionar la sentencia firme por cuestiones que no constituyen hechos nuevos o elementos de prueba sobrevinientes, y en que la acción se encuentra fuera del marco legal establecido.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Dr. Gonzalo Robledo Marinich, presenta una acción de revisión en favor de sus defendidos, quienes fueron condenados en juicio abreviado por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Argumenta que la voluntad de los condenados fue viciada y que no se contó con una pericia química que acreditara la existencia de estupefaciente en el material incautado. Solicita la nulidad de la sentencia y la absolución de los condenados. El Tribunal señala que la revisión es un medio extraordinario destinado a remediar condenas pasadas en autoridad de cosa juzgada solo en casos de hechos nuevos o elementos probatorios sobrevinientes que demuestren la incorrecta condena. Se concluye que no se han presentado hechos nuevos ni elementos probatorios que justifiquen la revisión, y que la acción resulta improcedente por no ajustarse a los requisitos legales. Además, se destaca que la sentencia fue producto del acuerdo de las partes y que la conducta de la defensa y la actuación procesal previa impiden la revisión solicitada, aplicando la teoría de los actos propios y el principio de unidad de la defensa. La Cámara confirma la improcedencia de la acción y ordena su rechazo con costas.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: