R. A. F. C/ S. M. E. S/ ACCIONES DE RECLAMACIÓN DE FILIACIÓN
La Cámara de Apelaciones confirmó la homologación de acuerdo y la imposición de costas, argumentando que la conducta del demandado generó la necesidad de la acción judicial y que no existen motivos para apartarse del principio objetivo de la derrota en costas. La decisión se fundamenta en la necesidad de protección del interés superior del menor y en la conducta procesal del demandado, que facilitó el proceso judicial.
- Quién demanda: R. A. F. C.
¿A quién se demanda?
S. M. E. S.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamación de filiación y alimentos definitivos para la niña X.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la homologación del acuerdo y la imposición de costas al demandado, considerando que la conducta de reconocimiento voluntario y la conducta procesal del demandado justifican la imposición de costas en su contra.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia destaca que, a pesar de la existencia de acuerdo, la acción de filiación fue promovida por la necesidad de esclarecer la verdad biológica, y que la conducta del demandado, al reconocer la paternidad en sede administrativa y judicial, generó la necesidad del proceso. Se concluye que el demandado actuó de manera que obligó a la parte actora a promover la acción, por lo cual corresponde imponerle las costas en su condición de vencido, conforme a los arts. 68 y 69 del CPCC. Además, se resalta que la imposición de costas en materia alimentaria se fundamenta en la naturaleza de la materia y en las reglas de la responsabilidad parental. La decisión también enfatiza que la conducta del demandado no fue de buena fe, y que su comportamiento facilitó la judicialización del proceso, justificando la imposición de costas.
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