Q. W. N. C/ S. L. M. B. S/ INCIDENTE DE REDUCCION DE CUOTA ALIMENTARIA
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial San Martín confirmó la resolución que rechazó el incidente de reducción de cuota alimentaria, considerando que no se acreditaron cambios sustanciales en las circunstancias del alimentante que justifiquen la disminución solicitada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La acción fue promovida por W. N. C. contra S. L. M. B. S. solicitando la reducción de la cuota alimentaria del 25% de sus ingresos, alegando cambios en sus condiciones económicas y personales, como contraer matrimonio, alquilar vivienda y cubrir gastos en especie. La judicatura de primera instancia rechazó el pedido, considerando que no se acreditaron modificaciones relevantes en las circunstancias del alimentante ni en las necesidades del menor. La parte actora interpuso recurso de apelación, argumentando que sus gastos y situación económica han variado sustancialmente y que la cuota actual resulta desproporcionada. La Cámara sostuvo que la modificación de las circunstancias del alimentante debe acreditarse con elementos objetivos, y que en el presente caso ello no se verificó. Se valoró que el progenitor continúa aportando el 25% de sus ingresos y cubre gastos adicionales en salud, educación y esparcimiento, por lo que la cuota no resulta desproporcionada. La Cámara concluyó que el recurso no cumple con el estándar de agravios y que la resolución recurrida es ajustada a derecho, por lo que se confirmó en todas sus partes.
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