P. L. S. Y OTROS C/ N. M. G. Y OTRO/A S(4)/ DAÑOS Y PERJUICIOS EXTRACONTRACTUAL (EXC. AUTOM./ESTADO)
La Cámara de Apelaciones confirmó la resolución que desestimó la apelación de la parte actora, sosteniendo que la notificación confusa no vulneró el derecho de defensa y que la interpretación del acto procesal debe favorecer el ejercicio del derecho a la defensa en juicio. La decisión se fundamentó en la protección del debido proceso y la jurisprudencia de la SCBA.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora (P. L. S. y otros) demanda a N. M. G. y otro/a por daños y perjuicios extracontractuales.
- La Cámara analiza la impugnación de la parte actora contra la resolución que declaró extemporánea su contestación a opocisiones y documentación, por notificación confusa.
- La jueza Moro explica que el principio de defensa en juicio, garantizado por la Constitución, exige interpretar los actos procesales en favor de la parte que pudo verse afectada por ambigüedades.
- La Cámara concluye que la notificación en situación de confusión no vulneró el derecho de defensa, y que la interpretación debe resguardar el ejercicio del mismo.
- En virtud de ello, se confirma el fallo que desestimó la apelación, sin costas por tratarse de una resolución de carácter.
- La sentencia destaca que la interpretación del acto procesal debe favorecer la tutela judicial efectiva, siguiendo precedentes de la SCBA, en especial el caso "Cajal Santos".
- La decisión fue adoptada por mayoría, con adhesión del Dr. Quadri.
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