TOSTADO CAFE CANNING SRL C/ YVAÑEZ VALENTIN ARIEL S/ CONSIGNACION
El tribunal hizo lugar a la consignación de certificados y liquidación final por despido directo en favor del trabajador. Confirmó la validez del depósito judicial y ordenó la entrega de la documentación, sosteniendo que la conducta omisiva del demandado fue sancionada conforme a la ley laboral y procesal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, TOSTADO CAFÉ CANNING SRL, promovió una acción de consignación contra YVAÑEZ VALENTIN ARIEL para entregar certificados de servicios y liquidación final tras su despido ocurrido el 26/09/2023. La empresa notificó al trabajador la disponibilidad de los documentos, pero este no los retiró ni los cuestionó. La acción fue fundada en que la liquidación y certificaciones estaban a su disposición y que la conducta del trabajador, en estado de rebeldía, no impide el cumplimiento de la obligación. La sentencia destaca que la relación laboral quedó debidamente acreditada por los instrumentos presentados y que la consignación judicial fue procedente, ya que se cumplieron los principios de identidad, integridad, modo, tiempo y lugar del pago. La ley 15.057 y el Código Civil establecen que el pago por consignación es un remedio excepcional para cancelar obligaciones cuando el acreedor no recibe la prestación. La valoración de la prueba y la conducta del demandado justifican el fallo favorable, ordenando la entrega de los fondos y la documentación en forma definitiva y notificando al demandado en su domicilio real. La sentencia también impone costas al demandado vencido y regula los honorarios profesionales.
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