RINCON NIEVA JUAN PABLO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ REGULACIÓN DE HONORARIOS
La sentencia regula los honorarios del letrado RINCON NIEVA y otros profesionales por actuación administrativa en trámite de divergencia en incapacidad laboral y determina que los honorarios son a cargo de la aseguradora, en virtud de la naturaleza oficiosa de la tarea y la conducta de la parte demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, abogado JUAN PABLO RINCON NIEVA, solicitó la regulación de honorarios por su actuación en el expediente administrativo N° 386463/23, tramitado ante la Comisión Médica N°11 de La Plata, en el marco de un proceso por divergencia en la determinación de incapacidad laboral de la trabajadora Sandra Marina Alsina. La entidad aseguradora, si bien reconoció la actuación profesional, cuestionó la procedencia de la regulación argumentando que no culminó en una determinación de incapacidad y que la labor no fue oficiosa. El tribunal consideró que la asistencia jurídica fue obligatoria y que el trámite, aun irregular por la finalización anticipada del procedimiento, fue llevado a cabo conforme a la normativa vigente, y que la conducta de la A.R.T. fue la causa de la frustración del proceso, por lo que los honorarios deben ser soportados por la aseguradora. Además, se reguló la suma correspondiente en función de los aranceles aplicables, considerando la complejidad y la etapa del trámite. El tribunal también dispuso el pago directo a los profesionales y las costas a cargo de la parte demandada, por ser la vencida. La apelación fue desestimada en cuanto a su fundamento, confirmando la regulación en todos sus términos.
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