UGARTE MATIAS ANDRES C/ FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A.U. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El Tribunal homologó un acuerdo conciliatorio en un proceso por accidente de trabajo, considerando que no vulnera principios de orden público y que representa una justa composición de derechos e intereses. La homologación fue aprobada tras la conformidad de los jueces, y se dispusieron diversas medidas relativas a honorarios, tasas y comunicaciones a las partes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El proceso fue iniciado por Matías Andrés Ugarte contra Federación Patronal Seguros S.A.U. en relación a un accidente de trabajo. La causa tramitó en el Tribunal de Trabajo N° 4 de Lomas de Zamora bajo la causa Nº 47947. Las partes acordaron un acuerdo conciliatorio, el cual fue considerado justo y conforme a la normativa vigente, sin vulnerar principios de orden público. La Cámara homologó el acuerdo en los términos expresados por las partes, confirmando la validez de la conciliación y ordenando su homologación en virtud del Art. 30 de la Ley 15.057 y Art. 15 de la Ley 20.744. La sentencia también dispuso la imposición de costas a la demandada, reguló honorarios profesionales en función de la naturaleza de la labor, estableció medidas de pago, comunicación y acreditación de fondos, y ordenó varias notificaciones y formalidades administrativas. La decisión fue adoptada por unanimidad, con fundamento en que la conciliación no vulnera orden público y constituye una adecuada resolución del conflicto, garantizando los derechos de las partes y cumpliendo con los requisitos legales y procesales.
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