VAELLO CRISTIAN ALEJANDRO C/ PROVINCIA ART S.A S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
La sentencia de primera instancia rechaza la demanda por daños y perjuicios derivados de enfermedad profesional contra la Provincia A.R.T. S.A., pero declara la inconstitucionalidad del art. 6 de la Ley 24.557 y condena a la demandada al pago de una indemnización de $ 1.601.821,28, además de intereses y costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue presentada por Cristian Alejandro Vaello contra la Provincia A.R.T. S.A. para obtener indemnización por enfermedad profesional. La sentencia analiza la prueba pericial que acredita la relación causal entre las tareas laborales y la lesión en el manguito rotador, así como el daño psicológico reclamado, que fue desistido por el actor. La A.R.T. negó la contingencia y rechazó el siniestro, alegando la inculpabilidad de la enfermedad. El tribunal concluyó que la relación laboral y el contrato de seguro estaban acreditados, que la causa de la lesión se relaciona con las tareas laborales del actor, y que la fecha de conocimiento de la incapacidad fue el 06/01/20. La ley aplicable es la Ley 24.557 y sus modificaciones, y se rechazaron las excepciones de incompetencia y la inconstitucionalidad de normas específicas, salvo la del art. 6 de la Ley 24.557, que fue declarada inconstitucional por vulnerar principios constitucionales y tratados internacionales. El tribunal condenó a la demandada a abonar $ 1.601.821,28 en concepto de incapacidad laboral y adicional, con intereses desde el 06/01/20 y hasta el 08/07/25, sumando intereses moratorios y ordinarios. Además, declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/19 por usurpar facultades legislativas del Congreso. Las costas se imponen a la demandada y se regulan honorarios profesionales en conformidad con las leyes aplicables. Fundamentos principales: "El ingreso mensual base del accionante lo extraigo de la contestación a las impugnaciones presentada por la perito contadora MIRIAM MARTINEZ en fecha 07/08/23, que toma todas las remuneraciones percibidas por el trabajador (art. 11 Ley 27348)". "Al respecto, la ley 24.557 en su art. 14, establece que la indemnización por enfermedad profesional se calcula en función del porcentaje de incapacidad, el salario y la edad del trabajador". "Se ha probado que la lesión del manguito rotador y el daño psicológico están relacionados causalmente con las tareas específicas del actor en su trabajo, y que la fecha de conocimiento fue el 06/01/20". "El art. 6 de la Ley 24.557, que establece un listado cerrado de enfermedades
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