GRACIA PAULA CAROLINA C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA. S/ MATERIA A CATEGORIZAR
La Cámara de Primera Instancia ratifica el reconocimiento de honorarios a favor de la profesional en la instancia administrativa y judicial, determinando su monto en 7 jus arancelarios, y confirma la condena de la demandada al pago de dichos honorarios, con costas y medidas de depósito.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, la Dra. Paula Carolina Gracia, promovió demanda para que se regulen sus honorarios profesionales por su intervención en representación de Camila Marine Gerez en el expediente administrativo, en cumplimiento de la ley 27.348 y la resolución SRT 298/17. La demandada, Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A., fue la responsable del pago. La sentencia destaca que la actividad de patrocinio letrado fue oficiosa y necesaria, en el marco del proceso administrativo de determinación de contingencias laborales. La sentencia señala que, conforme a los arts. 21, 44 inc. b y 55 de la ley 14.967 y la normativa arancelaria vigente, corresponde regular los honorarios en 7 jus arancelarios, equivalentes a $295.533, para cada instancia (administrativa y judicial). La decisión fundamenta que la intervención del abogado fue obligatoria y que su actuación fue determinante para la resolución del expediente. Se impone a la demandada el pago de los honorarios señalados, con costas y en el plazo de 10 días, además de las medidas de depósito y notificación pertinentes. La mayoría de los jueces votaron en idéntico sentido, confirmando la regulación de honorarios y la condena a la aseguradora. Disidencia no se presenta.
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