VALLEJOS LORENA DAIANA C/ TODOAMORBABY S.R.L. y otros S/ DILIGENCIAS PRELIMINARES
La sentencia reconoce la existencia de relación laboral entre Vallejos Lorena Daiana y Todoamorbaby SRL, condenando a la empleadora a pagar indemnizaciones y multas, y declara la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 para actualización monetaria.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora Lorena Daiana Vallejos demanda por la existencia de relación laboral con Todoamorbaby SRL, contra los codemandados Canevello y Montecucchi. Se acredita la relación laboral desde julio de 2014 hasta febrero de 2018, con tareas en tareas de bordado y preparación de pedidos, y una remuneración reconocida de $15.787,05 en octubre de 2017. La relación fue irregularmente registrada, con fecha posdatada, y la causa de despido no fue probada, considerándose despido improcedente por arbitrariedad. La responsabilidad del Sr. Canevello y de Montecucchi como empleadores verdaderos no fue acreditada, por lo que se rechazan sus responsabilidades solidarias. La sentencia condena a Todoamorbaby SRL a pagar diversas indemnizaciones, multas y sanciones, actualizadas por índice RIPTE, con intereses al 3% anual y multa por incumplimiento del deber de entregar certificados. La Cámara declara la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928, permitiendo la actualización del crédito. Se rechazan las demandas de responsabilidad solidaria y las multas por salarios retenidos impagos y daño moral. Se imponen costas y costas de la causa a la demandada.
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