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ANDRADE MARIA ALEJANDRA C/ CAMPODONICO FELIX MIGUEL Y OTROS S/ DESPIDO

La homologación del acuerdo entre las partes en un proceso por despido. El tribunal lo declara válido y con fuerza de sentencia, imponiendo costas a la demandada y eximiendo de tasas de justicia.

Costas Acuerdo entre partes Honorarios profesionales Tasa de justicia Despido Ley 15.057 Acuerdo homologacion Normativa laboral Validez legal Homologacion con fuerza de sentencia

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La parte actora, Maria Alejandra Andrade, demanda por despido a Felix Miguel Campodonico y otros.
- Se presenta un acuerdo entre las partes, que se solicita homologar.
- El tribunal evalúa el acuerdo y concluye que cumple con los requisitos legales, considerándolo una justa composición.
- La resolución resalta que, tras evaluar los términos y alcances del acuerdo, "no puede objetivamente afirmarse que el mismo no constituya una justa composición entre aquellas en violación a la norma del art. 15 de la L.C.T."
- Se declara la validez del acuerdo, homologándolo con fuerza de sentencia, y se imponen costas a la parte demandada.
- Se exime a las partes del pago de la Tasa de Justicia y se regulan honorarios a los profesionales actuantes, en acuerdo con las partes y conforme a las normativas aplicables.
- La sentencia enfatiza que "el acuerdo celebrado entre las partes, ajustado a derecho y en los términos del art. 15 de la L.C.T., resulta procedente de homologar con fuerza de sentencia".
- La decisión se fundamenta en que "a esta altura del proceso, evaluados que han sido los términos y alcances del acuerdo denunciado por las partes a través de sus presentaciones electrónicas de fecha 6/8/2025, no puede objetivamente afirmarse que el mismo no constituya una justa composición."
- Además, se remarca que "en la presente cuestión, corresponde declarar válido el acuerdo y homologar el mismo con fuerza de sentencia".
- La homologación conlleva la imposición de costas a la parte demandada y la exención de tasas de justicia, en consonancia con las disposiciones legales.
- Se establece que los honorarios de los profesionales serán regulados en función de los convenios y normativas aplicables, incluyendo los montos específicos y la regulación del IVA en su caso.

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