MINISTERIO DE TRABAJO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ISCOT SERVICES SA S/ APELACION DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA
La Cámara de Escobar confirma la resolución del Ministerio de Trabajo que desestimó la apelación de ISCOT SERVICES SA contra la sanción por incumplimiento en documentación laboral. La decisión se fundamenta en la competencia del organismo y en la inexistencia de prueba en contra.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, representado por la Dra. Sabrina Marin, actúa en carácter de actor en el recurso de apelación interpuesto por ISCOT SERVICES SA, que cuestiona la resolución administrativa que sancionó a la empresa. La parte apelante argumenta que la infracción no es válida ya que el libro especial previsto por el art. 52 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) se lleva mediante sistema de hojas móviles y su rúbrica se realiza ante el Ministerio de Trabajo de Córdoba, por centralización de la documentación laboral. El tribunal destaca que las actas labradas por los inspectores, en cuanto cumplan requisitos formales, hacen fe de la existencia de los actos, y que la parte apelante no probó sus afirmaciones ni ofreció prueba que las sostenga, en particular la prueba informativa y pericial contable. La normativa del Protocolo adicional establece que los elementos de control deben rubricarse en la jurisdicción donde se encuentra el establecimiento y que la centralización de rúbricas puede realizarse en casos específicos, siempre que se cumplan ciertos requisitos de comunicación y documentación. La decisión principal sostiene que la resolución administrativa del Ministerio de Trabajo debe ser confirmada, ya que la centralización de rúbricas no exime a la empresa de mantener la documentación en cada lugar de trabajo. En consecuencia, se desestima la apelación y se confirma la resolución administrativa impugnada, con costas a la parte recurrente.
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