ABDALA, JOSÉ MIGUEL S/ DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA
Modificación de la sentencia para restringir la capacidad jurídica de José Miguel Abdala en función de su diagnóstico y las evaluaciones interdisciplinarias, estableciendo apoyos específicos y una revisión futura. La decisión se fundamenta en que, tras la evaluación, se concluyó que presenta un trastorno delirante crónico que impide comprender cabalmente sus actos, justificando medidas de protección y apoyo en concordancia con la normativa vigente, incluyendo la Ley 26.657 y el C.C.C.N.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa fue promovida por el Ministerio Pupilar para determinar la capacidad jurídica de José Miguel Abdala, quien presenta un diagnóstico de trastorno delirante crónico con pronóstico reservado. La sentencia anterior fue modificada para restringir su ejercicio pleno de la capacidad jurídica, permitiendo apoyos específicos y la designación de una persona de apoyo, su hermana Pricila Abdala. La decisión se fundamenta en que, según los informes periciales y la entrevista con el interesado, Abdala tiene una alteración mental permanente que le impide comprender plenamente la naturaleza y las consecuencias de sus actos, aunque mantiene cierta capacidad comunicativa y autonomía en actos familiares y personales. La sentencia reconoce que la normativa vigente en materia de salud mental y derechos de las personas con discapacidad permite limitar la capacidad solo en los actos que puedan causar daño, sin afectar su ejercicio en otros ámbitos, garantizando su protección y derechos humanos. Además, establece revisiones periódicas y la intervención de un equipo interdisciplinario para monitorear su situación.
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