NAVARLAT LILIAN MABEL C/ PAMI (I.N.S.S.J.P.) S/ AMPARO
El juzgado dictó una medida cautelar en un amparo por negativa de cobertura de medicamentos oncológicos. La sentencia ordenó a PAMI proveer de inmediato el tratamiento solicitado, considerando la situación de urgencia y los derechos constitucionales de la actora, sin prejuzgar el fondo del asunto.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La accionante, Lilian Mabel Navarlat, demanda contra PAMI, alegando que la negativa de la entidad en proveer medicamentos oncológicos necesarios vulnera sus derechos constitucionales a la salud, vida y calidad de vida. La sentencia destaca que la pretensión se enmarca en una acción de amparo por la negativa en la cobertura de tratamientos médicos imprescindibles, fundamentada en los arts. 43 de la Constitución Nacional, arts. 20 y 29 de la Constitución Provincial, y la Ley 13.928 con sus reformas, además de tratados internacionales de derechos humanos. Se confirma que la competencia del juzgado corresponde a la jurisdicción federal, dado que el organismo demandado es una entidad pública no estatal de orden nacional, perteneciente a la Administración Nacional. La jurisprudencia citada señala que la competencia provincial no puede entender en causas que corresponden a la justicia federal, conforme al artículo 116 de la Constitución Nacional y la ley 48, y en este caso, la naturaleza jurídica del PAMI así lo ratifica. La existencia de urgencia y el riesgo en la demora en la provisión de los medicamentos justifican la adopción de medidas cautelares, ordenando a PAMI proveer la cobertura en carácter de medida precautoria, en un 100% del tratamiento prescripto, hasta la resolución definitiva de la causa. La decisión también determina que la causa será remitida al juez competente una vez firme la resolución, manteniendo en reserva las actuaciones.
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