Logo

ARANDA, JUAN JOSE c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia que rechazó la inconstitucionalidad del artículo 2° de la ley 27.426 y la aplicación del precedente “Quiroga”, además de ratificar la procedencia de la liquidación de la PBU y las costas impuestas a la demandada. La decisión se fundamentó en precedentes judiciales y en la jurisprudencia del máximo tribunal.

Costas Inconstitucionalidad Jurisprudencia Impuesto a las ganancias Camara federal Pbu Reajustes previsionales Ley 27.426


- Quién demanda: Juan José Aranda (actor)

¿A quién se demanda?

ANSES (demandada)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes por movilidad en la PBU, declaración de inconstitucionalidad del artículo 2° de la ley 27.426, cuestionamiento del impuesto a las ganancias, y costas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en todos sus puntos, rechazando los agravios relativos a la PBU, la constitucionalidad de la ley, el impuesto a las ganancias, y las costas. Además, dispuso que las costas de la instancia recursal sean a cargo de la demandada sustancialmente vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

“Respecto al tratamiento otorgado a la PBU, se deberá estar, en lo pertinente, a los fundamentos y conclusiones vertidos en el Acuerdo de esta Sala de fecha 17/12/2020, en los autos nº 14224/2013, caratulados ‘BALDO, JORGE c/ ANSeS s/ REAJUSTES POR MOVILIDAD’. En consonancia con ello, corresponde confirmar lo dispuesto por el a quo y diferir el análisis de la procedencia del ajuste de la PBU para el tiempo de la liquidación, en línea con lo dispuesto en el fallo ‘Quiroga’. En cuanto a la constitucionalidad del artículo 2° de la ley 27.426, la cuestión es sustancialmente análoga a la planteada en otros autos de esta Sala, ya rechazada previamente, por lo que se confirma la sentencia en este punto. Respecto al impuesto a las ganancias, se adhiere a los argumentos y conclusiones del acuerdo de 25/08/2022, en los autos FRO 24589/2019, confirmando que los retroactivos derivados de reajustes en haberes previsionales no constituyen ganancias gravadas. En cuanto a las costas, se desestiman los agravios de la demandada, confirmándose la imposición en primera instancia y aplicando las reglas de derrota y vencimiento, en línea con la jurisprudencia de la CSJN (Fallos: 346:634). Finalmente, se imponen las costas de la instancia a la demandada, en línea con lo dispuesto en el artículo 68 del CPCCN y la ley 27.423.”

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar