LUCERO, ARMANDO ELOY c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de Mendoza confirmó la constitucionalidad de la normativa y la sentencia de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad del artículo 2 de la Ley 27.426, avalando la protección de derechos previsionales y la aplicación de la normativa en los períodos cuestionados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Armando Eloy Lucero, impugna la resolución del Juzgado Federal N°4 de Mendoza, en el marco de un reclamo por reajustes previsionales.
- La demandada, ANSES, recurre la sentencia que declaró la inconstitucionalidad del artículo 2 de la Ley 27.426, argumentando que las normas gozan de presunción de constitucionalidad y que la retroactividad de la ley resulta constitucional.
- La Sala afirma que la causa guarda identidad con casos previos, por lo que remite a los precedentes en los que se sostiene la constitucionalidad de las normas en cuestión y la validez de la declaración de inconstitucionalidad.
- La sentencia confirma la declaración de inconstitucionalidad, considerando que la aplicación retroactiva de la ley 27.426 respecto de los períodos de julio a diciembre de 2017 es regresiva respecto de la movilidad alcanzada por la ley derogada 26.417.
- Además, respalda la exención del impuesto a las ganancias sobre las retroactividades y intereses, en línea con jurisprudencia que considera que las sumas devueltas no constituyen ganancia gravable.
- Las costas de la instancia se imponen a la parte vencida, y se declaran no.regular los honorarios de la actora por no haber intervenido en esta instancia.
- Finalmente, se resuelve no hacer lugar al recurso de ANSES y confirmar la sentencia de primera instancia en todos sus términos.
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