BAZAN, ILDA CRISTINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de Mendoza modificó la resolución apelada y confirmó la aplicación del índice ISBIC para la actualización del haber inicial, rechazando los planteos de inconstitucionalidad y la sustitución por el índice RIPTE, en línea con precedentes de la Corte Suprema.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La demandada interpuso recurso de apelación contra la resolución que dispuso la redeterminación del haber inicial conforme a la doctrina “Elliff”.
- La Cámara resolvió que, pese a la normativa posterior, la aplicación del índice ISBIC debe mantenerse para el cálculo del haber inicial, en virtud del precedente de la Corte Suprema “Blanco, Lucio O. c. ANSeS”, y la constitucionalidad de la ley 27.426.
- La sentencia reafirmó que la modificación del índice por la ley 26.417 y los decretos posteriores no resulta aplicable al caso, ya que el beneficiario adquirió el derecho antes de esas normativas.
- Se desestimaron los planteos de inconstitucionalidad de los artículos de la ley 27.426 y de los decretos, por entender que no se acreditó irracionalidad ni violación a garantías constitucionales.
- La Cámara confirmó la exención del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo y ordenó la imposición de costas a la parte vencida.
- Además, rechazó la improcedencia de la imposición de costas y reguló los honorarios en línea con la normativa aplicable.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: