S, A. (EN REPRESENTACION DE P.M.) c/ OSECAC s/LEY DE DISCAPACIDAD
La Cámara Federal de Mar del Plata revoca parcialmente la sentencia de primera instancia y ordena a la obra social brindar en forma integral y sin límites la prestación de acompañante terapéutico domiciliario a una menor con discapacidad, en atención al interés superior del niño y normativa vigente.
- Quién demanda: S., A. en representación de P.M.
¿A quién se demanda?
OSECAC
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobertura total e integral de la prestación de acompañante terapéutico domiciliario para la menor
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar al recurso de apelación y ordenó a la demandada brindar la prestación en un 100% sin limitaciones, revocando parcialmente la decisión previa que limitaba la cobertura a los montos abonados por la obra social a sus prestadores.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara recordó que el derecho a la salud y a la protección de las personas con discapacidad están garantizados por disposiciones constitucionales, internacionales y leyes nacionales, como la ley 24.901 y la ley 23.661. Se acreditó que la menor presenta trastornos generalizados del desarrollo y que la prestación de acompañante terapéutico es imprescindible para promover su autonomía, por lo cual la cobertura debe ser total y sin limitaciones. La normativa establece que las prestaciones en estos casos deben ser brindadas en forma integral, sin restricciones presupuestarias, y la demandada no acreditó ofrecer prestadores en condiciones de cubrir en su totalidad la prestación requerida. La decisión busca garantizar el interés superior del niño y el derecho a la salud.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: