CH, N.X. c/ IOSFA s/AMPARO LEY 16.986
La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia que ordenó a IOSFA brindar cobertura integral para acompañante terapéutico en escuela especial, rechazando el recurso de apelación interpuesto por la demandada y manteniendo la decisión que reconoce el derecho de la menor a esta prestación.
¿Quién es el actor?
La madre de la menor N. X. Ch., en representación de su hija.
¿A quién se demanda?
Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La cobertura del acompañante terapéutico en escuela Stella Maris, en virtud de la prescripción médica y la discapacidad de la menor.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que ordenó a IOSFA brindar la cobertura integral del acompañante terapéutico, rechazando los agravios de la demandada y la negativa a la prestación. La decisión se fundamentó en que la prestación es necesaria para garantizar la protección integral de la menor, en concordancia con la Ley 24.901, la ley 26.061 y los derechos reconocidos por la Convención sobre los Derechos del Niño, destacando que la negativa por parte del IOSFA resultaba arbitraria y carecía de fundamento médico.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia destacó que la protección de los derechos del niño con discapacidad implica asegurar su acceso a prestaciones que garanticen su desarrollo integral. Se sostuvo que la normativa interna y la legislación internacional y nacional protegen el derecho a la salud y a la atención especializada, y que la negativa de la obra social no tenía sustento médico, lo cual hacía arbitraria y vulneratoria la decisión de la entidad. La continuidad del tratamiento es vital para evitar daños irreversibles en la salud y calidad de vida del menor.
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