MARTINEZ MIRTA BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de grado que ordenó al organismo demandado abonar diferencias en la movilidad previsional únicamente para los meses de enero y febrero de 2021, revocando parcialmente la decisión anterior respecto a la constitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 y manteniendo la declaración de inconstitucionalidad de otras normas, en una sentencia que además dispuso costas a la parte demandada vencida y regular honorarios del 30%.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La acción fue promovida por Marta Beatriz Martínez contra la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), solicitando el pago de diferencias en las prestaciones previsionales derivadas de los reajustes en la movilidad, específicamente por los meses de enero y febrero de 2021. La Cámara revocó la sentencia de grado y ordenó al organismo que abonara las diferencias surgidas entre la movilidad percibida en virtud de decretos dictados en el contexto de emergencia económica y la que le habría correspondido si se hubiera aplicado la pauta de movilidad suspendida. La sentencia también confirmó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 y rechazó los agravios relacionados con la ley 27.541 y decretos vinculados, manteniendo la constitucionalidad de dichas normas. La fundamentación principal se basa en que la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 ya fue resuelta en otros expedientes similares, y que los agravios sobre la normativa de la ley 27.541 y decretos tienen sustento en sentencias previas. La decisión además impuso costas a la demandada y reguló honorarios profesionales.
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