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ARAGUNDE RUBEN FLOREAL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la constitucionalidad y la aplicación de las normativas de reajuste previsional, rechazando los agravios de las partes y resolviendo mantener la sentencia de grado en la mayoría de sus aspectos, con diferimientos y declaraciones de inconstitucionalidad parciales.

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La parte actora demanda la revisión de los aumentos y reajustes en sus prestaciones previsionales, cuestionando la constitucionalidad de varias leyes y decretos, y solicitando la aplicación de ciertos precedentes judiciales.
- La demandada, ANSES, se opone argumentando que las normas impugnadas son constitucionales, y que la actualización de las prestaciones debe realizarse conforme a los mecanismos legales vigentes.
- La Cámara analiza los planteos constitucionales respecto a la ley 24.241, la ley 24.463, la ley 27.541 y la ley 27.609, confirmando la constitucionalidad de varias disposiciones, salvo en los aspectos en que se declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la ley 24.463 (conf. Fallo: CSJN "Actis Caporale").
- Se ordena el reajuste del haber previsional de la actora a enero de 2021, considerando las diferencias entre la movilidad aplicada por los decretos y la que correspondería por la ley suspendida 27.426, y desde allí la aplicación de la movilidad de la ley 27.609.
- Se difiere el análisis de la inconstitucionalidad de algunas normas para la etapa de ejecución, y se declara inaplicable la escala de deducción del art. 9 inc. 2) de la ley 24.463.
- Se imponen las costas a la parte vencida y se regula honorarios del 30% sobre lo que se fije en primera instancia.
- La sentencia en general mantiene la decisión de grado, con algunos diferimientos y declaraciones parciales, en atención a los agravios y las cuestiones constitucionales planteadas. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: "En virtud de lo expuesto, se confirma la sentencia apelada en cuanto a los puntos que no han sido objeto de modificación, y en particular, se declara la constitucionalidad de las normas impugnadas en la mayoría de sus aspectos. Solo en lo que respecta a la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463, se declara la inconstitucionalidad en relación con la merma del 15% en el haber previsional, conforme al precedente 'Actis Caporale'." "Asimismo, se ordena el reajuste del haber previsional de la actora a enero de 2021, considerando las diferencias entre la movilidad de los decretos y la que correspondería por la ley suspendida 27.426

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