GONZALEZ ROSTAN SONIA ESTHER c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la constitucionalidad de varias normativas y la actualización del haber inicial en el caso, aunque diferió el tratamiento de ciertos aspectos a la etapa de ejecución, manteniendo la mayoría de las decisiones de primera instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora demandó la actualización de su beneficio previsional y cuestionó ciertos parámetros de cálculo y normativas vigentes.
- La Cámara analizó los agravios relacionados con la actualización de remuneraciones, la Prestación Básica Universal, la constitucionalidad de normativas y el método de cálculo, revocando parcialmente decisiones de primera instancia.
- La Sala sostuvo que el período considerado no abarcaba el período del precedente “Elliff”, por lo que rechazó el agravio en relación a ello; confirmó la actualización de la PBU conforme a jurisprudencia; revocó la interpretación del juez respecto al beneficio previsional y la ley 27.426, y declaró la inconstitucionalidad del art. 9 Inc. 3) de la Ley 24.463, en la medida en que la quita superara el 15%.
- La Sala diferió el tratamiento de la doctrina “Villanustre” y del art. 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución y ordenó que se evalúe en ese momento si la quita supera el límite confiscatorio.
- Se confirmó el cálculo de intereses desde que cada suma fue debida y hasta su pago efectivo, a tasa pasiva del Banco Central.
- Se resolvió que las costas de alzada serán por su orden y se regularon honorarios a la parte actora en el 30%.
Fundamentos principales:
"En cuanto al agravio referente a la actualización de las remuneraciones... el período considerado para el cálculo de la Prestación Compensatoria (PC) y la Prestación Adicional por Permanencia (PAP) no abarca el lapso contemplado en el precedente cuya aplicación se solicita (ver fallo CSJN “Elliff Alberto José c/ANSES s/Reajustes varios” (Fallos: 332:1914). Por lo tanto, y siendo que la parte recurrente no ha logrado acreditar de manera suficiente el perjuicio... la normativa vigente genera en el cálculo de su haber inicial, considero que corresponde rechazar el agravio en lo que respecta y, en consecuencia, confirmar lo decidido en la sentencia apelada."
"Respecto de la PBU, corresponde confirmar la actualización en los términos de la jurisprudencia citada."
"Se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc. 3) de la Ley 24.463, en el supuesto que en la etapa de liquidación se acredite que la aplicación de los topes genera una quita superior al 15%, en línea con la doctrina del Tribunal Supremo."
"Respecto al agravio del art.
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