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SOKIL HECTOR OSCAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que resolvió en primera instancia, rechazando los agravios de las partes y ratificando los criterios de actualización de las remuneraciones y los cálculos del beneficio previsional, con fundamento en precedentes de la CSJN y doctrina consolidada.

Intereses Recurso de apelacion Competencia Prescripcion Inconstitucionalidad Beneficios previsionales Actualizacion salarial Ley 26.417 Ley 24.241 Csjn.


¿Quién es el actor?

Hector Oscar Sokil

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de beneficios previsionales, actualización del haber inicial, diferencias por actualización de remuneraciones, y cuestionamientos constitucionales e impositivos.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de grado que, entre otros aspectos, aplicó la doctrina del fallo “Elliff” para la actualización de remuneraciones, rechazó la inaplicabilidad del fallo “Quiroga” y la inconstitucionalidad del art. 26 de la ley 24.241, y sostuvo la competencia del fuero de la Seguridad Social. También confirmó la prescripción de las diferencias y la tasa de interés.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La actualización de las remuneraciones se ajustó a la doctrina de “Elliff” y “Blanco”, ratificada por la CSJN, aplicando el índice de salarios básicos de convenio sin limitación temporal.
- La utilización del índice previsto en la Ley 26.417 fue aplicable a partir de la fecha de adquisición del beneficio, en marzo de 2015, y no antes.
- La supuesta inconstitucionalidad del art. 26 de la ley 24.241 fue diferida a la etapa de ejecución de la sentencia.
- La inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias fue rechazada por los precedentes de la CSJN.
- La competencia del fuero de la Seguridad Social fue confirmada, y se rechazó la falta de legitimación del organismo demandado.
- La prescripción bienal fue confirmada, en virtud de precedentes de la CSJN.
- Los intereses se calcularon desde que cada suma fue debida, conforme la tasa pasiva del Banco Central.
- Se impusieron costas a la parte vencida.
- Los agravios que no se ajustaron a lo decidido en primera instancia fueron declarados desiertos.
- Se diferió el tratamiento de la inconstitucionalidad del art. 26 de la ley 24.241 para la etapa de ejecución.
- Se confirmó la sentencia en todo lo demás.

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