COMERSO OSCAR NORBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la constitucionalidad del Decreto 807/16 y la ley 27.609 para la actualización de beneficios previsionales, y revoca parcialmente la sentencia que cuestionaba estos instrumentos, además de decidir sobre los parámetros de actualización y las inconstitucionalidades relacionadas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte demandada (ANSeS) impugna los parámetros utilizados para la actualización del haber inicial y la Prestación Básica Universal, cuestionando la constitucionalidad del Decreto 807/16 y la inaplicabilidad del art. 14.2 de la Resolución SSS 06/09.
- La parte actora demanda la inconstitucionalidad de la ley 27.541, los decretos asociados, y la ley 27.609, solicitando además que se ajuste la movilidad de sus beneficios.
- La Sala confirma la constitucionalidad del Decreto 807/16 y de la ley 27.609, remitiéndose a los fundamentos del fallo “Blanco” y otros precedentes que respaldan la validez constitucional de estos instrumentos.
- Se revoca la sentencia en cuanto cuestiona dichos instrumentos y se ordena al organismo demandado que ajuste la movilidad de la beneficiaria a la normativa vigente, incluyendo diferencias derivadas de los decretos y leyes impugnadas.
- Se difiere el análisis de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 y del art. 26 de la ley 24.241 para la etapa de ejecución de la sentencia.
- La Sala declara la inaplicabilidad del art. 14 punto 2 de la Resolución SSS 06/09 y rechaza los planteos sobre otras inconstitucionalidades por falta de queja adecuada.
- Las costas de ambas instancias se imponen a la demandada vencida, y se regulan honorarios en un 30% de lo que se fije en primera instancia.
- Se ordena la devolución de las actuaciones al juzgado de origen para la ejecución de los ajustes y diferencias de movilidad.
FUNDAMENTOS PRINCIPALES:
"En el orden constitucional, el Tribunal Supremo ha destacado que ‘no puede admitirse el ejercicio de una potestad de exclusivo resorte del Poder Legislativo Nacional, ejecutada por ese departamento del Estado desde el año 2008 en dos oportunidades (leyes 26.417 y 27.426), que por lo expuesto es el Congreso el que debe establecer, conforme a la Constitución, el índice para la actualización de los salarios computables para el cálculo del haber inicial...’".
"Asimismo, en relación a la ley 27.541 y los decretos en su consecuencia, se ha indicado que ‘la declaración de inconstitucionalidad de una ley o de alguna de sus partes es un acto de suma gravedad institucional que debe ser considerada como última ratio del orden jurídico’. Por ello, se rev
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